Dictadura sandinista ordena a que remesas que ingresen a Nicaragua sean reportadas a la UAF

Más control de la dictadura sandinista a los ciudadanos nicaragüenses

Las remesas familiares que obtengan los nicaragüenses desde los 500 dólares tendrán que ser reportadas a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), informa una disposición de la dictadura de Daniel Ortega publicada en el Diario Oficial, La Gaceta.

De acuerdo a la orden presidencial, las instituciones financieras o no financieras que brindan el servicio de captación de remesas tendrán que detallar el nombre del emisor y beneficiario de la misma, ya sean ciudadanos naturales o jurídicos, cuando la cantidad sea igual o mayor a los 500 dólares en una operación, según el documento, aprobado el pasado martes.

La medida es efectiva si el beneficiario esta en territorio nacional o fuera de él, según el documento.

Nicaragua ha recibido 1.501,2 millones de dólares en remesas familiares en 2018, un 11,4 % del producto interno bruto (PIB), según datos oficiales.

En 2018, la economía de los EEUU sigue figurando como el principal emisor de remesas hacia Nicaragua, representando el 55 % del total de remesas que ingresaron al país, seguido por Costa Rica (19,7 %), España (11,2 %) y Panamá (5,2 %), según cifras del Banco Central.

Alrededor del 20 % del total de la población nicaragüense, estimado en 6,4 millones de habitantes, vive en el extranjero, sobretodo en Estados Unidos y Costa Rica, y se estima que la mitad de estos lo hacen indocumentados.

Asimismo, el Ejecutivo gira la orden a las entidades que brindan el servicio de transferencias de fondos a detallar a la UAF el nombre del emisor y receptor de ese tipo de operaciones con cifras a partir de 5.000 dólares, sean estas transferencias nacionales o internacionales.

Además, obliga a reportar a la UAF las compraventas de bienes inmuebles valoradas en 100.000 dólares, pagos de premios en casinos a partir de 1.000 dólares, compraventas de vehículos nuevos y usados entre 10.000 y 5.000 dólares, respectivamente.

«Las casas de empeño deberán enviar a la UAF el reporte de cada venta que realicen a nivel nacional e internacional, de los artículos que no fueron pagados por sus propietarios, cuando estas alcancen en un mes de forma individual o fraccionada, un monto igual o superior a los 3.000 dólares», señala otro punto de la normativa.

También se incluyen controles a las ganancias que generan las máquinas tragamonedas y mesas de juego de azar y otros juegos de pago que se oferten en establecimientos comerciales «de manera que pueda determinarse su flujo de efectivo diario».

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